miércoles, 12 de marzo de 2008

Luis Martínez, ex vice intendente del Régimen

Incumplimiento de cuota alimentaria
Publicado por "El Diario", miércoles, 06 de febrero de 2008.
TIENE UNA HIJA DE 13 AÑOS, A LA CUAL RECONOCIó Y LE PUSO SU APELLIDO

El vice Martínez y una larga historia de “incumplimiento” de cuota alimentaria.

Miseria:
una fuente que habló con este diario aseguró que la hija del viceintendente santarroseño llegó a pasar “miseria” dado el abandono que sufrió. La madre de la niña la crio prácticamente en soledad, con la ayuda de algunos familiares.
El viceintendente santarroseño, Luis Martínez -cuya figura política genera enormes reparos entre los principales dirigentes del Partido Justicialista, al cual pertenece, y de la oposición-, está envuelto desde hace 13 años en una historia de “morosidad” e “incumplimiento” en la cuota alimentaria de una hija a la cual reconoció y le puso su apellido.
La información fue confiada a El Diario por una fuente que pidió reserva de su identidad, pero que conoce el caso desde sus orígenes.
Esa misma fuente indicó que todo se inició el 11 de agosto de 1994, cuando nació la pequeña fruto de un noviazgo de Martínez con una maestra de grado.
De hecho, el por entonces modelo publicitario -entre otras actividades que llevaba adelante- ya no mantenía relación alguna con la mujer cuando nació la niña. “Mientras ella estaba embarazada ellos tenían una relación pésima... Incluso nunca llegaron a vivir juntos”, indicó la fuente que habló con este diario.
La situación económica que comenzaron a vivir la joven madre y su hija no era la mejor en aquel momento. Sin embargo, con el transcurrir de algunos meses Martínez apareció imprevistamente en la vida de ambas e “intimó” a su ex novia para que le dejara reconocer la paternidad de su hija y ponerle su apellido como lo habilita (y obliga) la ley.
La mujer consintió (“obviamente que ella necesitaba de ayuda económica para poder criar a su hija”, dijo la fuente), pero bajo la condición de que el padre cumpliera con la cuota alimentaria prevista en el Código Civil.
Ausente

A partir de ese momento la situación personal y familiar cambió radicalmente en la vida de madre e hija, pero para peor.
“Lo mejor hubiese sido que él (por Martínez) ni hubiera aparecido... porque les terminó amargando la existencia con desplantes y desprecios”, destacó la fuente que habló con este diario.
Esa misma fuente destacó que recién tres años después -en el ’97, y luego de enfrentar varias audiencias con el entonces juez Alberto Ercilio Andreotti y el subrogante Jorge Cañón- la madre de la nena logró que se fijara una cuota alimentaria.
“Depositaba el dinero cuando quería... nunca en fecha y a veces hasta con un mes o dos de retraso. Así que ella (por la madre de la hija de Martínez) tenía que estar recurriendo siempre al abogado para lograr cobrar unos pocos pesos... Era un trastorno de locos”, indicó la fuente.
También destacó que “en más de una oportunidad ella lo sabía cruzar en la calle, incluso con la hija en brazos, y él (en referencia a Martínez) llegó hasta cruzarse de vereda para no saludarlas”.
Pero hay más. Al poco tiempo de comenzar a cobrar, aunque de manera “irregular”, esa cuota alimentaria, de pronto se cortó la llegada de esos fondos.
“Esto fue durante dos años, entre ’98 y ’99... Luego Martínez comenzó a trabajar en una zapatería y la madre de la nena tuvo que recurrir, mediante su abogado, al dueño de la zapatería para que le descontaran del recibo de sueldo esos pocos pesos, porque él (Martínez) no cumplía con la cuota como correspondía”, subrayó la fuente.
Aunque eso no es todo. Por el contrario, apenas un capítulo más de esta historia. La mujer y la pequeña no supieron más de Martínez por casi largos tres años. “Entre el ’99 y el 2001 no supieron nada de él y por supuesto no recibieron nada... Hasta que se enteraron de que Martínez comenzó a trabajar en ADIS (Asociación de Integración Social)”, apuntó la fuente.
Igual, nada cambió. De acuerdo con el relato, Martínez siempre se defendió con el hecho de que su trabajo allí era “en negro” y que no recibía “una suma fija” de dinero como para cumplir con la cuota alimentaria a que lo obligaba la ley.
Así pasaron casi cuatro años más, hasta que el abogado de la mujer logró -luego de varias idas y vueltas- que Martínez aceptara, dado el tiempo que llevaba trabajando en ADIS, aportar una cuota de 150 pesos pero “con la irregularidad de siempre”.
“Igual -indicó la fuente- hasta que esta chica (en referencia a la madre de la hija de Martínez) se consolidó en su trabajo como maestra, llegaron a pasar miseria... Afortunadamente ahora ella está en pareja y se la ve muy bien”.
En campaña

Sin saberlo, 2007 asomaba como un año mucho mejor para madre e hija. Sobre todo a fin de año, cuando Martínez volvió a aparecer en escena tras la campaña política que, junto a Juan Carlos Tierno, lo llevó a trabajar en
la Municipalidad de Santa Rosa.
“Luego de que ganó las elecciones con Tierno comenzó a portarse como un duque... Llamó por teléfono a la chica y le prometió el oro y el moro”, indicó la fuente que habló con este diario.
En este sentido agregó que “Martínez se llenó la boca diciendo de todo, que inclusive iba a comenzar a ejercer su condición de padre en todo sentido...”.
El nuevo acuerdo en ese momento fue que la madre de su hija le diera el número de teléfono de Martínez a su abogado, para arreglar las nuevas condiciones de la cuota alimentaria.
Se van a cumplir dos meses de la asunción del viceintendente Luis Martínez en la comuna santarroseña y nada ha cambiado aún. “El abogado de la mujer lo llama por teléfono pero no lo atiende... Y a pesar de que su condición económica cambió radicalmente con el sueldo que ahora tiene, él le sigue depositando nada más que 150 pesos”, concluyó la fuente que habló con El Diario.
El Diario pudo conocer la identidad de la madre y la niña, y dar con ellas. Sin embargo, ante la consulta de lo sucedido, la mujer -que pidió reserva de identidad para ella y su hija- no negó la historia, aunque prefirió mantener silencio en torno al caso.

La Biblia y el calefón
Luis Martínez, hasta hace muy poco tiempo atrás, era reconocido como una especie de modelo publicitario de la ciudad. Llegó a la función pública de la mano de Juan Carlos Tierno, sin ningún tipo de experiencia ni militancia. Aunque saltó sorpresivamente a la fama cuando, ya como viceintendente, agarró el micrófono de una radio para realizar algunas curiosas manifestaciones públicas.
Bíblico como pocos de sus pares, el viceintendente santarroseño salió a dar su opinión sobre las protestas contra su jefe, a quien ya había definido como “nuestro Martin Luther King”.
“Hay una bajada de línea para bajar a Tierno”, aseguró Martínez. Y culpó al senador Juan Carlos Marino y al ex candidato a intendente Francisco Torroba de manejar a los ediles del FrePam que no prestaron quórum en el CD. “Como dijo Cristo, no saben lo que hacen. Es lamentable. Estuve hasta las dos de la mañana leyendo
la Biblia para perdonarlos y poder saludar a estos crápulas”, sorprendió con esas palabras en su discurso.
Es de esperar que en su apasionada lectura religiosa, Martínez no haya obviado que en el Evangelio de Lucas, en el capítulo 11, versículo 11, dice: “¿Qué padre de vosotros, si su hijo le pide pan, le dará una piedra? ¿O si pescado, en lugar de pescado, le dará una serpiente?”.
“¿O si le pide un huevo le dará un escorpión?”, reza el versículo 12.
En la carta de Pablo a los corintios, en el capítulo 12, versículo 14,
la Biblia que tanto le gusta citar al viceintendente Martínez aconseja: “...pues no deben atesorar los hijos para los padres sino los padres para los hijos...”.
Hay quienes aseguran que el día en que se presentó públicamente, Martínez se autodefinió como “casado y con un hijo...”, en referencia -obviamente- al niño que tiene junto a su actual mujer, Carina Erro.
Una obligación
penada por la ley

Producido el quiebre de una pareja, existe una serie de derechos y obligaciones que tienen los padres para con los hijos. Esta serie de obligaciones y deberes está dividida en tres: tenencia, régimen de visitas y alimentos.
El deber alimentario consiste en la carga familiar de suministrar a determinadas personas los medios necesarios para mantener una vida digna, conforme a la condición social, necesidades y recursos del alimentante.
¿Quiénes están obligados a brindar alimentos? En primer lugar, corresponde a ambos progenitores. Pero si es la madre quien ejerce la tenencia de los menores (como en el caso en cuestión), las tareas que desarrolla cotidianamente en su beneficio sirven para dar por satisfecha la parte que le corresponde, debiendo en tal caso el padre efectuar el aporte dinerario.
Es importante destacar que jurisprudencialmente existe la presunción de que el padre que no ejerce la tenencia de los hijos menores se encuentra en mejores condiciones de asistir económicamente a los mismos, ya que dispone de mayor tiempo libre que el otro progenitor.
¿Cuál es el alcance del deber alimentario? El deber alimentario comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos en manutención, educación y esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia y gastos por enfermedad.
¿Cuál es el límite del deber alimentario? El valor de la cuota alimentaria se fija teniendo en cuenta los recursos y las condiciones socioeconómicas de quien debe procurar los alimentos. Es importante tener en cuenta que no es posible fijar una cuota alimentaria que perjudique al alimentante, lo cual ocurriría si se fija un monto desproporcionado respecto de sus ingresos.
¿Qué ocurre si un progenitor no abona voluntariamente la cuota alimentaria? Es posible demandar judicialmente al progenitor que incumple para que un juez determine el monto que debe abonar todos los meses. Posteriormente, y para el caso en que continúe en su actitud, puede lograrse coactivamente el pago, sea mediante descuento en el recibo de haberes o mediante el embargo de bienes de su propiedad.
Igualmente, el progenitor que no cumple con el pago de la cuota alimentaria está cometiendo un delito penal, sancionado con prisión de un mes a dos años. De la misma manera, el progenitor que con la finalidad de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, maliciosamente destruyere, inutilizare, dañare, ocultare o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor, y de esta manera frustrare en todo o en parte el cumplimiento de esas obligaciones, estará cometiendo otro delito penal, sancionado con pena de uno a seis años de prisión.
Deudores

El registro de deudores de cuota alimentaria rige en
la Provincia de La Pampa desde marzo de 2006, tras haber sido creado por Ley 2.201.
El ingreso al registro
no se produce por una cuestión declarativa sino mediante oficio judicial, y luego del incumplimiento en el pago de tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas.
Aún hoy hay pocos deudores inscriptos. Entre las restricciones previstas por
la Ley está la imposibilidad de integrar el registro de proveedores del Estado, así como el ingreso a la administración pública como funcionarios y legisladores provinciales, entre otros.